
La noticia de recibir una herencia debería ser, al menos por la parte que no tiene que ver con la causa, una buena noticia. Casas, vehículos, o incluso dinero en el banco puede caer en tus manos, pero aunque suena así de bien, puede también convertirse en un auténtico quebradero de cabeza si no revisas bien lo que firmas.
Deudas ocultas, impuestos con los que no contabas, disputas familiares y trámites legales difíciles de resolver son también parte del escenario que muchas personas que heredan desconocen hasta que ya es demasiado tarde. Antes de aceptar la herencia sin pensar, conviene hacerse una serie de preguntas clave para evitar problemas que pueden salir muy caros. ¿A que no sabías que puede afectar a la Renta?
Revisa las deudas y paga los impuestos
Lo primero que hay que tener claro es que una herencia no solo transmite bienes, sino también las obligaciones económicas que tuviera el fallecido. Es decir, que si esa persona tenía préstamos pendientes, hipotecas sin liquidar o incluso recibos sin pagar, esos compromisos pasan automáticamente a los herederos si aceptan sin más. Por eso, los expertos recomiendan informarse con antelación.
Para ello, una opción es solicitar al Banco de España el certificado de deudas y responsabilidades, un documento que permite comprobar si existen créditos o pagos pendientes a nombre del fallecido.
En este punto aparece una figura jurídica clave que muchos desconocen y es la aceptación de la herencia “a beneficio de inventario”. Este nombre tan técnico nos quiere decir que primero se liquidan las deudas con lo que hay en la propia herencia y, si sobra, lo reciben los herederos. Lo importante es que, en este caso, el patrimonio personal del heredero queda protegido y no se ve afectado por las deudas heredadas. En otras palabras, es la mejor forma de curarse en salud si no tienes claro qué situación financiera dejó la persona fallecida.

Pero las deudas no son el único obstáculo. La fiscalidad, en España, es otro de los grandes quebraderos de cabeza. El Impuesto de Sucesiones y Donaciones cambia mucho en función de la comunidad autónoma en la que residas y del grado de parentesco con el fallecido. Mientras que en lugares como Madrid o Andalucía la tributación puede ser prácticamente simbólica, en otras regiones las cifras se disparan y el coste de heredar puede ser una fortuna, valga la redundancia. Además, si la herencia incluye un inmueble y decides venderlo, tendrás que sumar la plusvalía municipal y, en algunos casos, también el pago del IRPF por la ganancia patrimonial.
Reparto entre familiares
Otro de los puntos más delicados es el reparto de bienes. La legislación española protege a los llamados “herederos forzosos” (hijos, padres y cónyuge), que siempre tienen derecho a una parte mínima de la herencia, incluso aunque el testamento disponga otra cosa. Esto significa que, aunque la persona fallecida quisiera dejar todos sus bienes a un tercero, la ley obliga a respetar esa legítima. Y si no hay testamento, se abre la sucesión intestada, un proceso que suele ser largo, complicado y en el que entran en juego reglas muy concretas que a menudo desembocan en problemas familiares.
Estos conflictos, de hecho, son uno de los principales problemas en materia de herencias. Cuando no hay acuerdo, los trámites pueden alargarse durante años y acabar en los tribunales. Por eso, contar con un abogado especializado en derecho sucesorio puede ser lo mejor. Un buen profesional no solo ayuda a calcular con exactitud los impuestos y a tramitar la documentación, sino que también puede mediar para evitar que se rompa la familia.
Distribución legal de la herencia en España (Derecho Común, con descendientes)
| Tercio | Porcentaje | Destino Obligatorio | Libertad del Testador |
|---|---|---|---|
| Legítima Estricta | 33,3% | Reparto a partes iguales entre los herederos forzosos (hijos). | Nula. Es intocable. |
| Tercio de Mejora | 33,3% | Se puede usar para favorecer (‘mejorar’) a uno o varios de los herederos forzosos. | Limitada. Solo puede destinarse a descendientes. |
| Tercio de Libre Disposición | 33,3% | Cualquier persona o entidad, sea heredero forzoso o no. | Total. El testador decide libremente. |
Aceptar una herencia puede ser un primer paso positivo, pero hacerlo a la ligera puede convertir lo que parecía un regalo en un auténtico lío legal y económico. Antes de tomar la decisión, conviene detenerse a revisar cada detalle, siguiendo los pasos que os hemos comentado: comprobar si existen deudas, valorar si conviene aceptar a beneficio de inventario, calcular los impuestos que tocará pagar y entender cómo se reparten los bienes según la ley y el testamento.
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