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Antonio Benítez Ostos, abogado: «La nulidad de las tasas de basuras únicamente se devolverá a estos contribuyentes»

Miles de contribuyentes de Madrid se encuentran ahora ante una pregunta que afecta directamente a su bolsillo: ¿puedo recuperar el dinero que ya he pagado por la tasa de basuras? La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que declara la nulidad de la ordenanza que regulaba este tributo abre la puerta a reclamar las cantidades abonadas, pero todo dependerá de la situación jurídica de la liquidación.

La sentencia 197/2026, de 20 de marzo, anuló de pleno derecho la Ordenanza Fiscal 8/2024 del Ayuntamiento de Madrid, que regulaba la tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos de competencia municipal.

El tribunal consideró que se había producido un defecto esencial durante su tramitación, ya que faltaba información importante del informe técnico-económico durante el periodo de información pública. En concreto, no se puso a disposición de los ciudadanos el contenido del Anexo 6, considerado por el tribunal esencial para comprender cómo se había calculado la cantidad de residuos y, en consecuencia, las cuotas. Ahora bien, a pesar de la nulidad de la tasa, la sentencia no establece que el Ayuntamiento tenga que devolver automáticamente todos los recibos ya pagados. Cada caso deberá ser analizado.

Si recurriste la tasa

La situación más favorable es la de aquellos contribuyentes que impugnaron la liquidación dentro de plazo y cuyo procedimiento todavía está abierto, ya sea en vía administrativa o judicial. En estos casos, la nulidad de la ordenanza puede utilizarse como argumento para solicitar que se deje sin efecto la liquidación y se devuelvan las cantidades que se hayan abonado, junto con los intereses que legalmente puedan corresponder.

Esto significa que si una persona recurrió la tasa y su procedimiento todavía no ha terminado, la sentencia del TSJM puede tener una consecuencia directa en su expediente. La resolución judicial que anula la ordenanza elimina la base normativa sobre la que se sustentaba el tributo, aunque la devolución deberá articularse dentro del procedimiento que corresponda.

Basureros de Madrid prestando servicios
La tasa de basuras de Madrid no presentó uno de los informes necesarios para su cumplimiento. / Imagen de El Independiente y Europa Press

Si, además, el contribuyente ya cuenta con una sentencia favorable que anula su liquidación individual, la recuperación del dinero deberá realizarse mediante la ejecución de esa resolución judicial.

Si no reclamaste

Aquí el escenario cambia mucho. Una de las cuestiones jurídicas más importantes es que la nulidad de una ordenanza fiscal no implica necesariamente que todos los actos administrativos dictados a su amparo desaparezcan de forma automática.

Si el contribuyente pagó la tasa y dejó pasar el plazo para recurrir, la liquidación puede haber adquirido firmeza. En ese caso, no basta necesariamente con presentar una solicitud ordinaria de devolución de ingresos indebidos alegando que la ordenanza ha sido anulada.

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